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Observaciones Ley Cambio Climático

Actualizado: 2 jul 2020


El pasado 31 de julio de 2019 la Corporación Piensa Sostenible acompañó al proceso de consulta ciudadana, las observaciones generales y específicas al Anteproyecto de Ley Marco de Cambio Climático (ALMCC)


En términos generales, el ALMCC señala como objeto de la Ley (i) hacer frente a los desafíos del cambio climático; (ii) transitar a un desarrollo bajo en emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) hasta alcanzar la neutralidad de emisiones; (iii) aumentar la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático; (iv) y, dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por Chile. Además, establece los principios rectores que inspirarán todos los instrumentos que se dicten, señalando los principios “científico”, “costo efectividad”, “equidad”, “precautorio”, “progresividad”, “transversalidad”. Finalmente, se señala que la meta que se espera alcanzar es alcanzar la neutralidad de emisiones de GEI para el año 2050, es decir, emisiones netas 0.


Dentro de las observaciones generales se identificaron 3 macro temas:

(1) Institucionalidad, gobernanza e integración de todos los actores.

(2) Los grandes ausentes: recursos hídricos y pueblos originarios.

(3) Lo que debemos integrar: educación ambiental y fortalecimiento de las áreas silvestres protegidas y del bosque nativo.


A continuación, compartimos con ustedes las observaciones generales y específicas realizadas al ALMCC:


(1) Institucionalidad, gobernanza e integración de todos los actores


El ALMCC establece cuáles serán las instituciones con competencia en materia de cambio climático, pero da pocas luces sobre un modelo de gobernanza acorde al problema al que se hace frente: la emergencia climática y los cambios globales que conlleva, exigen un sistema inclusivo y equitativo, acorde a la realidad del país y sus territorios. Así, el ALMCC replica un modelo centralizado, con baja injerencia de las autoridades representativas locales y organizaciones sociales, gremios, entre otros, e incluso con omisión de actores tan relevantes como los pueblos originarios, lo que parece de absoluta gravedad y podría impedir lograr consensos.


Por otro lado, la participación ciudadana aparece como un elemento fragmentado dentro del Anteproyecto, no cumple los actuales estándares internacionales y no permite que la ciudadanía se integre adecuada y activamente en la evaluación e implementación de las medidas que se adopten, sobre todo cuando aquellas tienen impacto local.

Finalmente, es necesario entregar una definición clara de vulnerabilidad, señalando si aquella estará determinada por el contexto socio-cultural, económico, de género, existencia de crisis ambiental y actual exposición a grandes concentraciones de GEI, capacidad de resiliencia; todos ellos u otros, y en qué orden. Aquello permitirá entregar información con mayor claridad y fortalecer la confianza en la institucionalidad.


2. Los grandes ausentes: recursos hídricos y pueblos originarios


El actual Anteproyecto no contempla ningún lineamiento que se haga cargo de la importancia del agua y los efectos que el cambio climático tendrá sobre su disponibilidad física - y jurídica – en Chile, aun cuando la afectación a la disponibilidad del recurso hídrico es uno de los problemas más importantes que enfrentaremos en los próximos años, no solo por su considerable disminución, sino que también porque la gran mayoría de las actividades económicas dependen de ello, ya sea directa o indirectamente. Asimismo, urge declarar formalmente la existencia del“derecho humano al agua y al saneamiento”, e incluirlo dentro de los principios rectores de la futura Ley, así como integrar la gestión hídrica dentro de los planes sectoriales. Asimismo, se debe fomentar la protección de las actuales fuentes de agua en todos sus estados y reconocer su importancia en términos ecosistémicos. En este sentido, la futura Ley debe hacerse cargo de forma genérica o específica del tratamiento que por ejemplo, se dará a los glaciares. A diferencia de los señalado en el taller del día 10 de julio de 2019 por la autoridad, este tema no es aislado ni personalísimo, sino que transversal y urgente.


El ALMCC no se refiere ni una sola vez a los pueblos originarios. Se debe considerar la participación e inclusión de todos aquellos que se encuentren presentes en el territorio, respetando, promoviendo y reconociendo las obligaciones relativas a los derechos de dichos pueblos contenidas en normas internacionales que son vinculantes para Chile. Esta consideración, sin embargo, no debe limitarse a entender a los pueblos originarios como eventuales grupos “afectados”, sino que también como conocedores locales de su territorio, cuya experiencia y saber ancestral puede contribuir de forma única en las estrategias y políticas de manejo y adaptación al cambio climático. Así lo reconoce el Acuerdo de París en su artículo 7.5 al tratar el objetivo mundial de adaptación.


3. Lo que debemos integrar: educación ambiental, y fortalecimiento de las áreas silvestres protegidas y del bosque nativo


Se debe agregar al ALMCC una referencia global a la implementación de la educación ambiental y educación para el cambio climático dentro del currículum de niños y jóvenes, a lo menos, así como su integración dentro de los planes de adaptación. En esta misma línea, debe incluirse al Ministerio de Educación dentro de las instancias de planificación y toma de decisiones.


Finalmente, extrañamos en el ALMCC un compromiso y marco general para respaldar la protección, fomento y financiamiento de las Áreas Silvestres Protegidas, ya sea que pertenezcan al SNASPE como aquellas de iniciativa privada. Igual observación es aplicable al fomento del bosque nativo dentro y fuera de las ciudades. El fortalecimiento de este sector es fundamental para mantener y aumentar la captura de GEI y consecuencialmente, facilitar el camino a alcanzar la meta propuesta a nivel país.

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